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CENSOS AEAT

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CENSOS

En Hacienda tenemos distintos modelos para darnos de alta o modificar datos según seamos  personas físicas sin actividad económica o profesional o si contamos con ella. En caso de  querer dar de alta o modificar los datos de personas físicas sin actividad económica debemos  rellenar y presentar el modelo 030, en caso de querer dar de alta como empresario o modificar  datos relativos a la actividad económica deberemos hacerlo a través del modelo 036/037.

Modelos censales:

– 030

– 036/037

– 840

– Asignación NIF p. jurídicas

Formas de hacerlo

– Hacienda

– CIRCE

Modelo 030

El modelo 030 de declaración censal de alta en el Censo de Obligados Tributarios,  cambio de domicilio o variación de datos personales será presentado por personas  físicas que no desarrollen actividades empresariales o profesionales y no satisfagan  rendimientos sujetos a retención o ingreso a cuenta.

También sirve para extranjeros que no están reconocidos en la base de datos de la  Agencia tributaria y necesitan darse de alta para poder empezar a ejercer una  actividad empresarial o profesional.

https://drive.google.com/file/d/1f8EidE_78YLgTF3imqUCB59KSTLPU7h8/view?usp=sh aring

Aquí encontramos el documento que debemos rellenar en caso de querer presentarlo  en la propia agencia tributaria.

https://www1.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/ov /ie80300a.html

En el caso de presentarlo vía web debemos hacerlo en el anterior link.

Tenemos 9 apartados que deberemos rellenar según nuestras necesidades.  

En primer lugar y de manera obligatoria debemos incorporar los datos identificativos,  que encabeza el modelo. NIF, Apellidos y Nombre.

A continuación, debemos rellenar el motivo que nos lleva a presentar este modelo

En caso de no encontrarnos de alta rellenaríamos el primer apartado (según sea nuestro cliente o su cónyuge, o los dos).

Deberemos en este caso rellenar todos los datos referentes a:  

– Datos identificativos del cliente y/o su cónyuge

– Teléfono y correo

– Domicilio fiscal y notificaciones

– Estado civil

El resto de opciones son modificaciones sobre los datos que ya tiene hacienda  nuestros. En caso de ser un alta que realizamos para poder reconocer al cliente y a continuación darle de alta en una actividad empresarial o profesional, las siguientes  modificaciones se harían vía 036.

En caso de querer modificar datos de personas físicas que no tienen ningún vínculo  con actividades empresariales y profesionales este es el modelo idóneo.

Una vez rellenos todos estos datos debemos firmar y enviar el modelo.

Para saber si hemos presentado algún 030 debemos consultarlo en la parte de  consultas de modelos presentados:

https://www1.agenciatributaria.gob.es/wlpl/SCEJ

MANT/SvqueryEDOV?MODELO=030&EJERCICIO=0

En caso de no reconocer o no encontrar una persona (puede darse el caso que una  persona este registrada con un solo apellido, con el nombre como apellido o mal  registrado) desde nuestro perfil de apoderado social podemos consultar si esta de alta  en el siguiente link:

https://www1.agenciatributaria.gob.es/wlpl/BUGC-JDIT/Cnec

Si se desea presentar documentación adjunta al modelo 030 que hemos presentado  deberemos hacerlo a través de:

https://www1.agenciatributaria.gob.es/wlpl/REGD-JDIT/FG?fTramite=G3217

Modelo 036/037

El modelo 036/037 es el modelo de Alta Censal, es decir, el modelo que  presentaremos a la Agencia Tributaria para darnos de alta cómo empresa o como  autónomo, o sea ya sean personas físicas o jurídicas. Es decir, es el modelo donde  vamos a comunicar a Hacienda que nos damos de alta para comenzar una actividad  empresarial o profesional.

El modelo 036 es un documento mediante el cual informamos a la Agencia Tributaria  sobre los datos censales de la actividad empresarial o profesional, ya sea una persona  física o jurídica. Este modelo se puede presentar de manera presencial rellenando el  PDF y firmándolo, o de manera telemática con certificado digital, ya sea del propio  obligado tributario (autónomo o empresa) o de un apoderado social con capacidad  para firmar este tipo de documentos.

El pdf del modelo lo podemos encontrar en el siguiente apartado

https://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/ov /i903600b.html

Una vez relleno se firma de manera manuscrita y se presenta en la sede de la agencia  tributaria mas cercana.

Este modelo sirve para:

Darnos de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores. Modificar datos de empresarios o profesionales.

Solicitar la asignación del número de identificación fiscal (NIF).

Solicitar la baja como empresario o profesional.

Solicitar inscripción/baja en el registro de devolución mensual.

Solicitar alta/baja en el registro de operadores intracomunitarios.

El modelo 036 es obligatorio para los siguientes profesionales:

– Empresarios o profesionales que vayan a comenzar el ejercicio de una o varias actividades económicas en territorio español.

– Quienes, no actuando como empresarios o profesionales, abonen rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta o realicen entregas o adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al IVA.

– Los empresarios o profesionales que sean destinatarios de servicios prestados por empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de

aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido respecto de los cuales sean sujetos pasivos.

– Los empresarios o profesionales que presten servicios que no se localicen en el territorio de aplicación del Impuesto cuando el sujeto pasivo sea el destinatario de los mismos.

– Los no residentes que operen en territorio español mediante establecimiento permanente o satisfagan en dicho territorio rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta, así como las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español. Asimismo, los establecimientos permanentes en territorio español de las personas jurídicas o entidades no residentes deben presentar declaración de alta en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.

– Los socios, herederos, comuneros, o partícipes de entidades en régimen de atribución de rentas que tengan obligaciones tributarias derivadas de su condición de miembros de tales entidades.

– Los no establecidos en el territorio de aplicación del IVA que sean sujetos pasivos del mismo, excepto que hubieran resultado exonerados del cumplimiento de obligaciones censales por el Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Tributaria.

– En cualquier caso, mediante la declaración censal de alta las personas jurídicas y entidades en general y las personas físicas empresarios o profesionales que no dispongan de él, solicitarán el Número de Identificación Fiscal (NIF).

El modelo 037 es el modelo de declaración censal simplificado. Podrán utilizar el  modelo de declaración censal simplificada (modelo 037) para solicitar el alta en el  Censo de empresarios, profesionales y retenedores, aquellas personas físicas que  cumplan las siguientes condiciones:

Sean residentes en España.

Tengan NIF.

No tengan la condición de gran empresa.

No actúen por medio de representante.

Su domicilio fiscal coincide con el de gestión administrativa.

No están incluidos en los regímenes especiales del Impuesto sobre el Valor Añadido, a excepción del Régimen simplificado, Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, o Régimen especial de recargo de equivalencia o Régimen especial del criterio de caja.

No figuren inscritos en el Registro de operadores intracomunitarios o en el registro de devolución mensual.

No realicen ninguna de las adquisiciones no sujetas previstas en el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.

No realicen ventas a distancia.

No sean sujetos pasivos de Impuestos Especiales ni del Impuesto sobre Primas de Seguros.

No satisfagan rendimientos de capital mobiliario.

Las diferencias entre 036 y 037 son simples.

El modelo 036 es más completo e incluye todas las necesidades que puede necesitar  un empresario, en cambio, el modelo 037 es solo válido para personas físicas que  quieran darse de alta como empresarios o profesionales.

Por eso es fundamental tener claro qué opciones vamos a necesitar a la hora de  darnos de alta. Y en función de ello elegiremos un modelo u otro.  

Por lo que la diferencia es que el 037 es un simplificado del 036 para no tener tantas  páginas y opciones y que SOLO pueden presentar autónomos.

Modelo 840

El Modelo 840 es la declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) es  un modelo se utilizará para las siguientes actividades:

Darse de alta o de baja de la actividad en el IAE.

Declarar variaciones de la actividad en el IAE.

Dar de alta o de baja un local indirectamente afecto a la actividad en el IAE. Declarar variaciones en un local indirectamente afecto a la actividad en el IAE. Rectificar datos de declaraciones presentadas del IAE.

Este modelo es solo para personas jurídicas debido a que las personas físicas están exentas de  presentarlo.

Los plazos de presentación son los siguientes:

– Declaración de alta: Por iniciar una actividad, en el transcurso de un mes desde el  inicio de la misma, o por dejar de disfrutar de exención, durante el mes de diciembre  inmediato anterior al año en que estén obligados a tributar.

– Declaración de variación: en el plazo de un mes a contar desde la fecha en que se  produjo la circunstancia que motivó la variación.

– Declaración de baja: Por cesar el ejercicio de una actividad, en el plazo impuesto de un  mes desde el cese, o por pasar a disfrutar de exención por el impuesto por el conjunto  de actividades, en el mes de diciembre anterior al año en que dejen de estar obligados  a tributar por haber accedido a una exención.

– Declaración de comunicación del importe neto de la cifra de negocios: entre los días 1  de enero y 14 de febrero del ejercicio en que deba surtir efectos dicha comunicación  en el IAE.

La presentación puede hacerse de manera telemática o de manera presencial, por lo que  podemos imprimir el modelo o presentarlo con el certificado digital del obligado tributario o  de un apoderado social.

Para rellenarlo debemos seguir las instrucciones

https://www.agenciatributaria.es/static_files/Sede/Procedimiento_ayuda/G323/840instr_es_es.pdf

Asignación NIF P. jurídicas

Debemos rellenar el modelo 036 y presentarlo en la agencia tributaria junto con los  documentos que acrediten su alta.

https://www2.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/ov/i903600b.html

Formas de realización

Hacienda, Circe, presencial

Dependiendo de quien sea la persona que realiza el alta deberemos utilizar una vía u otra.

Para hacer el alta a través de la Agencia tributaria necesitaremos un certificado digital, ya sea  del interesado o de un colaborador social.

El 030 se realiza a través de la siguiente vía

https://www1.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/ov/ie80300a.html

Debemos rellenar todos los datos solicitados

El 036 lo haremos desde la siguiente vía:

https://www1.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/ov/i903600a.html

Y 037 desde la siguiente:

https://www1.agenciatributaria.gob.es/static_files/common/internet/dep/aplicaciones/ov/i803700a.html

En ambos casos rellenaremos los datos que necesitamos, ya sea para el alta, modificación o  baja en el censo de empresarios y profesionales.

Si el alta lo queremos hacer vía CIRCE debemos tener acceso a un punto PAE que nos permita  realizar el alta. No vale con tener el certificado de persona física para hacer el alta por esta vía.

Es posible acercarse a cualquier punto PAE para que nos realicen el alta tanto de persona física como de sociedad.

Si nosotros somos el punto PAE que realiza el alta deberemos entrar en la web del CIRCE para  comenzar a realizar el alta.

Podemos realizar altas a través de CIRCE de autónomos, comunidades de bienes, sociedades  civiles, sociedades de responsabilidad limitada.

https://paeelectronico.circe.es/DUESearch

Debemos entrar en el anterior link y seleccionar Alta → y el tipo de alta que queremos

Dependiendo del alta que seleccionemos nos aparecerán unos encabezamientos u otros, de  los cuales debemos rellenar todos los datos para que se vayan coloreando de verde indicando  que están todos los datos necesarios.

En el caso de autónomos sería este

Hasta que no rellenamos la primera hoja, en este caso “Datos Personales” no se nos crea el  documento completo y no se nos guarda. Si tardamos mucho en realizar el relleno de los datos  se puede caducar la sesión y tener que volver a empezar. Siempre que finalizamos una hoja  esos datos quedan guardados, solo no se guardarán los de la propia hoja en la que estamos si  no le damos a Guardar.

Una vez relleno la primera hoja, ya me da de alta el DUE (es como llamaremos al documento a  través del que haremos el alta en: Hacienda, Seguridad social, Registro Mercantil… y todos los  tramites unificados) y se llama así porque es el Documento Único Electrónico, y una vez  finalizado, en su última hoja nos hace un resumen de los modelos a los que sustituye, que en  este caso y lo que nos influye en este momento nos vale como 036/037.

Así se queda ya que hemos rellenado el primer apartado, creando el DUE, y los dos últimos apartados se rellenan en verde automáticamente por dos razones: 

– Reserva de Dominio no es necesario realizarlo

– Documentos no debo presentar ya que tengo un DNI y no un NIE, que necesitaría adjuntar el permiso de trabajo  (en caso de NIE presentar permiso de trabajo)

En el caso de una sociedad es distinto el encabezamiento, pero la forma de realizar el trámite  es la misma.

Hasta que no tenemos todos los apartados coloreados de verde no podemos finalizar el alta.

Una vez finalizado el DUE es imprescindible que el autónomo, o representante de la sociedad  lo firme antes de enviarlo. Para ello deberemos imprimirlo (ya sea en papel porque tenemos a  la persona delante, o en pdf para que lo imprima el mismo) y escanearlo cuando esté  finalizado. Debemos adjuntarlo en la página antes de enviarlo.

En el caso del autónomo en la fecha que se solicite el alta será la que inicie su actividad y sus  obligaciones de cara a hacienda en cuanto a la presentación de modelos. En el caso de la  sociedad es necesario pasar por la notaría primero. Para ello deberemos mandar por correo a  la notaría todos los datos necesarios para el día de la firma (Dni socios, si están casados en  separación de bienes las capitulaciones, denominación, cita). Una vez finalizado este trámite  se realizan todas las altas de manera automática, Hacienda, Seguridad social y Registro  Mercantil. Al igual que en autónomos, en la última hoja aparecen los modelos a los que  sustituye nuestro DUE. Esto no quiere decir que no podamos obtener de hacienda y seguridad  social el modelo de alta 036.

Si el alta lo queremos hacer de manera presencial, debemos entrar en la web de hacienda y  descargar el modelo para firmarlo, podremos rellenarlo completamente en la web y solo  firmarlo, o si lo preferimos rellenarlo completamente de manera manual. Una vez finalizado  debemos llevarlo a la agencia tributaria más cercana para que nos lo sellen y validen.

En caso de ser el 036 de la empresa deberemos presentar primero la solicitud del CIF provisional  y una vez conseguido el definitivo. Es importante rellenar todas las posiciones y aportar la  documentación necesaria. Esta es la manera de dar de alta la sociedad de manera  “tradicional”.

Los pasos para el alta en este caso serían los siguientes:

Registro nombre, Apertura cuenta con los 3000€ o aportación no dineraria, Notaría, para la  firma de las escrituras, liquidación ITP, Cif provisional, Registro Mercantil, Cif definitivo.

A continuación, tenemos unos videos en los que se aprecia cómo realizar cada uno de estos  trámites.

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